Se entiende por violencia obstétrica1 cualquier acción que medicalice y patologice los procesos reproductivos naturales y biológicos, expresados en un trato deshumanizado por parte de los profesionales de la salud, relacionadas con todo el procedimiento que conlleva un embarazo, desde el período de gestación hasta el post parto, afectando de manera directa o indirecta, el cuerpo y los procesos reproductivo de las mujeres.
Violencia obstétrica física y psicológica
En el ámbito físico esta violencia se traduce en prácticas invasivas, tales como: el tacto realizado por más de una persona, la episiotomía de rutina, el uso de fórceps, la maniobra de Kristeller, el raspaje de útero sin anestesia, una cesárea sin justificación médica y el suministro de medicación innecesaria. Mientras que la violencia obstétrica sicológica se manifiesta en un trato deshumanizado mediante la utilización de un lenguaje inapropiado y grosero, discriminación, humillación, burlas y críticas respecto al estado de la mujer y su hijo (a). Asimismo alcanza la omisión de información sobre la evolución del embarazo por parte de los profesionales de salud.
Manifestaciones de la violencia obstétrica
- No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.
- Obligar a la mujer a parir en posición supina y con las piernas levantadas, existiendo los medios necesarios para la realización del parto vertical.
- Obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer.
- Alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
- Practicar el parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
Fuentes:
Wikipedia.
Ley de Parto Respetado - Ley nacional Nº 25.929
