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miércoles, 6 de septiembre de 2023

Un médico le ligó las trompas a una mujer por error en un hospital de Mendoza



La mujer dio a luz por cesárea y luego el médico le realizó la práctica que la dejó estéril. El galeno podría recibir una pena de 2 años de cárcel y 4 de inhabilitación.


Un médico obstetra de 72 años que trabaja en el Hospital Español enfrenta la posibilidad de recibir una condena de 2 años de prisión y la revocación de su licencia médica debido a un lamentable incidente durante una cesárea programada. En este procedimiento, por error, realizó una ligadura de trompas a la paciente, dejándola estéril.


El caso, que está siendo investigado por la Fiscalía Correccional, ha generado un debate legal en el que la representante de la denunciante y el fiscal solicitan diversas penas. La sentencia está programada para el 22 de septiembre.

Este incidente se considera un claro ejemplo de violencia obstétrica. La paciente, que tenía 38 años en el momento del procedimiento y ahora tiene 41 años, había expresado su deseo de tener otro hijo al médico antes de la cirugía. Sin embargo, el médico cometió un error grave al realizar la ligadura de trompas sin su consentimiento y luego admitió su error, diciendo: "Metí la pata" y "Me equivoqué de paciente".


Durante el proceso judicial, el fiscal Tomás Guevara, en representación del Ministerio Público Fiscal, ha solicitado una pena de 2 años de prisión en suspenso y una inhabilitación de 4 años para ejercer la profesión para el obstetra. Por su parte, la abogada Agustina Maddiona, representante de la denunciante, ha pedido una condena de 3 años de prisión en suspenso y 4 años de inhabilitación para trabajar. Mientras tanto, el abogado defensor argumenta que se debe absolver al médico debido a la circunstancia de un "estado de necesidad".

El obstetra, Juan Ignacio Arpedoni Trímboli, enfrenta cargos de "lesiones gravísimas culposas", delito que conlleva penas de prisión que van desde los 3 años hasta un mes. Además, en el ámbito civil, se enfrenta a una demanda por daños y perjuicios, junto con el Hospital Español, donde se produjo el error.


La abogada de la víctima argumenta que este caso constituye un ejemplo de violencia obstétrica, ya que atenta contra el derecho sexual y reproductivo de la mujer, lo cual está calificado como una forma de agresión hacia la mujer según la Ley de Violencia de Género.


Durante el proceso judicial, se han escuchado testimonios de la paciente, su pareja, la médica asistente, el anestesista, el ecógrafo y otros testigos.


El incidente ocurrió durante una cesárea programada el 28 de septiembre de 2020. La paciente notó que algo estaba mal cuando el médico se demoraba y experimentó un olor a quemado y dolor inusual durante la cirugía. Posteriormente, se enteró de que se le había realizado una ligadura de trompas, a pesar de que no lo había solicitado. El médico, tras admitir su error, explicó que lo hizo debido a confusiones y problemas personales.

En la denuncia la paciente declaró que “nadie me consultó ni me informó nada respecto a la ligadura; de hecho mi proyecto era dejar pasar un año para volver a buscar un bebé, el doctor tomó una decisión sobre mi cuerpo que no le correspondía y sin mi consentimiento, puesto que en todo momento estuve consciente.”


Fuente: 

Redacción Vía Mendoza

domingo, 3 de septiembre de 2023


viernes, 24 de abril de 2015

¿Qué es la violencia obstétrica?



Se entiende por violencia obstétrica1 cualquier acción que medicalice y patologice los procesos reproductivos naturales y biológicos, expresados en un trato deshumanizado por parte de los profesionales de la salud, relacionadas con todo el procedimiento que conlleva un embarazo, desde el período de gestación hasta el post parto, afectando de manera directa o indirecta, el cuerpo y los procesos reproductivo de las mujeres.

Violencia obstétrica física y psicológica

En el ámbito físico esta violencia se traduce en prácticas invasivas, tales como: el tacto realizado por más de una persona, la episiotomía de rutina, el uso de fórceps, la maniobra de Kristeller, el raspaje de útero sin anestesia, una cesárea sin justificación médica y el suministro de medicación innecesaria. Mientras que la violencia obstétrica sicológica se manifiesta en un trato deshumanizado mediante la utilización de un lenguaje inapropiado y grosero, discriminación, humillación, burlas y críticas respecto al estado de la mujer y su hijo (a). Asimismo alcanza la omisión de información sobre la evolución del embarazo por parte de los profesionales de salud.

Manifestaciones de la violencia obstétrica
  • No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.
  • Obligar a la mujer a parir en posición supina y con las piernas levantadas, existiendo los medios necesarios para la realización del parto vertical.
  • Obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer.
  • Alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
  • Practicar el parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.


Fuentes:
Wikipedia.
Ley de Parto Respetado - Ley nacional Nº 25.929